Capítulo 24 · Evacuación en vehículo24.1 Cuándo evacuar
Capítulo 24 · Evacuación en vehículo

24.1 Cuándo evacuar

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Orden oficial

En EE.UU., las órdenes de evacuación las emiten las autoridades locales (alcalde, juez o ejecutivo del condado) por zona. Te enterarás por alertas de emergencia en el celular, el sistema de alertas de tu ciudad o condado, radio, televisión y la app de tu oficina local de manejo de emergencias (capítulo 1, sección 1.8).

Orden oficial
Tipo de avisoQué significaQué haces
Evacuación voluntariaRecomendación: el riesgo es alto, pero aún no obligatorio.Si tienes adultos mayores, alguien enfermo o mascotas, vete ya: sales con menos tráfico.
Evacuación obligatoriaDebes salir sin demora. Los servicios de emergencia pueden no llegar a quien se quede.Sal de inmediato con lo que esté listo.
Refugio en el lugarSalir es más peligroso que quedarte.Entra, quédate dentro, mantente informado.

Decisión propia (sin orden)

Puedes y a veces debes irte antes de que lo ordenen (ver también capítulo 9):

  • Tu edificio está dañado o el agua sube hacia tu puerta (en planta baja eres el primero en inundarte).
  • Llevas días sin luz ni agua con calor o frío peligroso y no hay un centro de enfriamiento o calefacción a tu alcance.
  • Alguien del hogar depende de equipo médico eléctrico o de medicinas que se están acabando.
  • Un incendio de pasto avanza hacia tu zona: no esperes a ver las llamas (capítulo 10).